Casa 700m en avenida principal El Puntal

● NORMAS URBANÍSTICAS:

CAPÍTULO 5. MANZANA CERRADA TRADICIONAL (RM). Artículo 5.5.1. Definición.

Tipología de edificación de vivienda unifamiliar o colectiva entre medianeras que define frentes de fachada continuos sobre la alineación exterior y que aparece en los ensanches de la ciudad y las pedanías.

En algunas calles céntricas de algunas pedanías ha habido una importante renovación tipológica, originada fundamentalmente por la necesidad de crear nuevos espacios donde instalar usos terciario comerciales

en planta baja. Son los Ejes Comerciales de pedanías. En los planos de Ordenación

Pormenorizada éstos aparecen indicados por una línea específica trazada por el interior de la calle; la ordenanza específica de Eje Comercial será de aplicación a todas las parcelas que dando frente a dicha calle, pertenecen al tramo designado.

Si existen previsiones específicas del PECHA se aplicarán las mismas aunque sean distintas a las reguladas en las presentes Normas.

Tolerancia tipológica:

Vivienda unifamiliar en hilera sin retranqueos de la edificación, excepto en el caso de Ejes Comerciales donde no se permite esta tipología.

Condiciones de Uso.

Uso global:

- Residencial Usos compatibles

- Talleres Domésticos.

- Comercio local, en planta baja y en edificio exclusivo.

- Oficinas y Servicios profesionales, en planta baja o primera. Sin limitación para despachos profesionales.

- Restauración, Espectáculos y Ocio.

- Hospedaje.

- Equipamientos.

- Garajes en planta baja y sótanos.

- Pequeños talleres y almacenes de venta.

Condiciones de la Edificación. Condiciones de parcela:

Todas las parcelas existentes en el momento de la Aprobación Inicial del Plan General serán edificables.

A efectos de segregación de parcela se entiende por parcela mínima la de 150 m2; con un frente mínimo de 7 m.

Posición de la edificación:

La edificación coincidirá con la alineación y no se permitirán retranqueos, ni frontales, ni laterales. La sustitución de la edificación en los Ejes Comerciales debe contener un retranqueo en planta baja de 2,4 metros mínimo para la formalización de soportales a ambos lados de la calle y de forma continua. Los pilares vistos quedarán en línea con la fachada.

Ocupación:

El fondo máximo edificable será de 15 metros. En planta baja, hasta 4,5 m. de altura libre, la ocupación del solar podrá ser total para usos no residenciales.

En manzana de nueva promoción, con tres de sus fachadas de 50 metros o más de longitud, se edificará bajo la tipología de patio interior de manzana; esto es, el espacio no edificable interior a la parcela será de uso común de la manzana.

La altura máxima de la edificación será de:

4 plantas (13 m) en calles de 8 metros o mayor ancho.

Si no conoces la zona, te hago un pequeño bosquejo de su ubicación y zonas colindantes:

Plaza Circular: 3,6 km

Avda: Juan Carlos I: 800 m

Thader: 2,4 km

Condomina: 3,8 km

Odiseo: 1 km

Tranvía: 800m

Bus: 50m

Supermercado: 40m

Mercadona: 900m

2 jardines a 50 y 150m

Si estás interesado y necesitas más información o quieres programar una visita, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, estaremos encantados de atenderte.

Gestionamos por encargo de exclusiva de la propiedad la gestión de la venta de este inmueble. Si eres agencia inmobiliaria y tienes un cliente comprador para esta vivienda, no dejes de contactarnos, estamos abiertos a la colaboración

Gastos de compraventa, honorarios de agencia e impuestos no incluidos en el precio de publicación.

Habitaciones5
Baños3

CARACTERÍSTICAS Y CALIDADES

EstadoVenta
Zona El Puntal
Ciudad Murcia
Tipo Terreno urbano
CP 30009
Hab 5
Baños 3
Parking 2
Año Const 1960
M2 Parcela 703
Estado Reformar Parcialmente

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